LA JUSTICIA DECLARÓ INCONSTITUCIONAL EL DECRETO QUE FRENABA EL FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO
Hora Reimon
La Justicia Federal volvió a poner en el centro de la escena el financiamiento de las universidades públicas. El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, declaró inconstitucional el tramo del Decreto 759/2025 que había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.
La resolución hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con el cumplimiento inmediato de la Ley 27.795.
El decreto había condicionado la ejecución de la norma a que se determinaran las fuentes específicas de financiamiento y se incorporaran las partidas correspondientes al presupuesto nacional. Para Cormick, esa condición terminó funcionando como una forma de suspender una ley que había sido aprobada por el Congreso después de que ambas cámaras rechazaran el veto presidencial con las mayorías constitucionales requeridas.
Un freno judicial al decreto
El magistrado cuestionó específicamente la frase incorporada al decreto: “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629”.
Según el fallo, esa remisión permitió mantener suspendida la ejecución de la Ley 27.795 pese a que el Congreso había insistido con su sanción.
Cormick sostuvo que el decreto había funcionado, en los hechos, como un “mecanismo extraconstitucional” y como una instancia de veto que no está contemplada por la Constitución Nacional.
El juez también consideró que la propia Ley 27.795 contiene mecanismos para afrontar su ejecución presupuestaria, entre ellos facultades para realizar adecuaciones de partidas. Por ese motivo, descartó que la falta de una asignación presupuestaria específica justificara mantener paralizada la norma.
Salarios, becas y funcionamiento universitario
La Ley de Financiamiento Universitario contempla, entre otros puntos, la actualización de los salarios de docentes y no docentes, partidas para el funcionamiento de las universidades, becas y recursos destinados a investigación.
La Justicia ya había dictado previamente una medida cautelar vinculada con la recomposición salarial y las becas. A fines de septiembre, el propio Cormick había intimado al Gobierno a cumplirla y señaló que el Ejecutivo había realizado un cumplimiento parcial de las obligaciones establecidas.
Ahora, con la nueva resolución, el magistrado ordenó al Poder Ejecutivo dictar las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para aplicar integralmente la Ley 27.795.
El argumento del costo fiscal
Uno de los argumentos utilizados por el Gobierno para justificar la suspensión de la ley fue la necesidad de determinar las fuentes concretas de financiamiento.
Sin embargo, Cormick también incorporó al análisis el cálculo de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que había estimado que el impacto de la Ley 27.795 durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.
El fallo recordó además que durante 2024 y 2025 no hubo una nueva Ley de Presupuesto aprobada y que se utilizaron partidas prorrogadas del presupuesto anterior.
Una nueva pulseada entre el Ejecutivo y las universidades
La sentencia constituye un nuevo capítulo del conflicto entre el Gobierno nacional y las universidades públicas por el financiamiento y los salarios.
La decisión es de primera instancia, por lo que el Estado puede apelar y el conflicto podría continuar ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
Por ahora, la orden judicial es concreta: el Poder Ejecutivo debe avanzar con la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y dejar atrás la condición que había impuesto mediante el Decreto 759/2025.
La disputa ya no es solamente presupuestaria. También pone nuevamente en discusión hasta dónde puede el Poder Ejecutivo condicionar la aplicación de una ley que el Congreso ratificó después de rechazar un veto presidencial.
Dato mata relato.
