Ravier defendió la derogación de la Ley de Tierras: “La tierra continúa en Argentina”
Hora ReimonEl Gobierno nacional volvió a defender la derogación de la Ley de Tierras Rurales y la eliminación de las restricciones que limitaban la titularidad extranjera sobre tierras rurales argentinas.
Durante una conferencia de prensa en Casa Rosada, el vocero presidencial Adrián Ravier sostuvo que la medida, incorporada mediante el artículo 154 del DNU 70/2023, “no afecta la soberanía nacional” porque, según explicó, la tierra continúa dentro del territorio argentino y sometida a las leyes, los impuestos y la jurisdicción del país.
“De ninguna manera que un extranjero, una persona física o jurídica que compre una tierra en Argentina, le hace a la Argentina perder soberanía”, afirmó Ravier.
El funcionario sostuvo que el objetivo de la derogación es facilitar la llegada de inversiones de largo plazo destinadas a desarrollar actividades productivas. Como ejemplos mencionó emprendimientos agrícolas, forestales, ganaderos y turísticos en distintas provincias.
Ravier también cuestionó los planteos que vinculan la venta de tierras a extranjeros con una pérdida de soberanía. “Vender una tierra en la Patagonia no significa que esa parte de la Patagonia deja de ser argentina”, señaló.
“Los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles”
En defensa de la posición oficial, el vocero afirmó que los extranjeros tienen los mismos derechos civiles que los argentinos y sostuvo que quienes quieran invertir y trabajar en el país son bienvenidos.
“La tierra continúa en la Argentina, sometida a nuestras leyes, nuestros impuestos y nuestra jurisdicción”, remarcó.
Desde el Gobierno también señalaron que la derogación no modifica el régimen específico de las zonas de seguridad de fronteras y que continúan vigentes determinadas restricciones sobre áreas protegidas, parques nacionales y reservas históricas.
La discusión volvió al centro de la agenda luego de que la Corte Suprema dejara vigente la derogación de la Ley de Tierras dispuesta por el DNU 70/2023, aunque el máximo tribunal resolvió la cuestión a partir de la falta de legitimación de la organización que había promovido la demanda, sin pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 154.
La norma de 2011 establecía, entre otras restricciones, que la titularidad extranjera no podía superar el 15% de las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada municipio. El artículo 154 del DNU 70/2023 eliminó ese régimen.
La discusión ahora queda atravesada por una pregunta de fondo: ¿la apertura de la propiedad rural al capital extranjero representa una herramienta para atraer inversiones productivas o requiere límites específicos para resguardar intereses estratégicos?
Por lo pronto, el Gobierno sostiene que ambas cuestiones no son incompatibles y ratifica su intención de mantener la derogación de las restricciones.
